Los próximos años serán cruciales para la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), el principal instrumento de financiación de la UE como respuesta a la pandemia, que ya ha despertado un gran interés entre los interlocutores por su novedoso mecanismo de financiación. El Tribunal de Cuentas Europeo (el Tribunal) se dispone a publicar una serie de informes sobre este tema. Los auditores han publicado hoy un análisis comparativo del MRR y la financiación de la política de cohesión de la UE para ayudar a extraer las primeras conclusiones que sirvan de base para la elaboración del presupuesto a largo plazo de la UE después de 2027. El análisis examina las diferencias y similitudes entre ambos instrumentos en cuanto a su gobernanza y gestión, la programación del gasto, las condiciones para efectuar los pagos, el seguimiento, así como el coste de la ejecución, el control y la auditoría.
En breve, la financiación de la UE por valor de 724 000 millones de euros puestos a disposición a través del MRR supone que, en materia de cohesión económica, social y territorial, los países de la UE pueden realizar un gasto mucho mayor entre 2021 y 2027 que en años anteriores. Esto elevará también la proporción de inversiones públicas financiadas por la UE en todo su territorio. Como el MRR funciona en paralelo a los fondos de cohesión, los países de la UE pueden optar por financiar las inversiones a través de uno u otro instrumento. Por tanto, resulta de vital importancia coordinar su ejecución, ya que los países deben garantizar que los dos instrumentos se complementan y no se duplican. La ejecución de ambos difiere en su marco general, gobernanza y mecanismos de gestión ya que responden a fines diferentes, lo que supone que los órganos de la UE y las autoridades nacionales tienen responsabilidades distintas en cada instrumento. En ambos instrumentos, la financiación se concede a través de subvenciones; en el MRR, el desembolso de los fondos también se realiza mediante préstamos reembolsables. En la ayuda de cohesión asignada a los países se tienen en cuenta las disparidades regionales, lo que no sucede en la distribución de los fondos del MRR. Los instrumentos también difieren de manera significativa en sus procesos de aprobación y evaluación: mientras que los pagos de cohesión se basan en los gastos reales, las condiciones para efectuar los pagos en el marco del MRR implican el cumplimiento satisfactorio de una serie de hitos y objetivos, en los que también se basan para el control y la auditoría. De esta manera, en el MRR, la Comisión se basa más en los sistemas nacionales a fin de garantizar la protección efectiva de los intereses financieros de la UE.